Importancia de la neutralidad de la red

Lógica perturbación ha causado una sentencia del Tribunal de apelación del circuito del distrito de Columbia de Estados Unidos. A pesar de la distancia geográfica, esa decisión podría llegar a condicionar nuestros comportamientos. Más cuando se ha lanzado una piedra al mar de la navegación por Internet.

El pasado día 14 de enero el citado Tribunal estimó en parte la impugnación de las reglas que la Comisión federal de telecomunicaciones estadounidense, la FCC, aprobó hace unos años con el objeto de garantizar lo que conocemos como Internet abierto. Previsiones que, en resumen, atienden a la libertad de los usuarios y a la transparencia en la gestión de las empresas; prohíben prácticas de bloqueo de contenidos, aplicaciones, servicios o dispositivos; impiden discriminar de manera arbitraria el tráfico legal de datos… Este último aspecto es lo que acoge la expresión “neutralidad de la red”. Implica que los datos deben ser transmitidos en igualdad de condiciones, sin establecer prioridades, sin postergar informaciones, y todo ello con independencia de dónde procedan y adónde se dirijan. Es cierto que, como bien explican los técnicos, existen ya ciertos mecanismos que establecen alguna distribución en el tráfico. A nadie le gusta escuchar de manera entrecortada una sinfonía ni advertir en nuestro actor favorito muestra de timidez alguna que hasta congele su imagen. Pero hay una notable distancia entre esas soluciones técnicas y el riesgo de una discriminación impulsada por las ansias de beneficio de algunas empresas.

Con frecuencia se acude al símil de las autopistas para tratar de explicar el alto coste y la desigualdad que supondría la falta de neutralidad. Sin desechar esta analogía, hay que advertir que ahora ya pagamos el acceso y hay quien tiene la posibilidad, por vivir en las ciudades, de contratar unas condiciones de capacidad y velocidad que sólo soñamos quienes moramos en tantos pueblos de España. Alguna discriminación ya existe porque es muy reducida la capacidad que ofrece el “servicio universal”, el derecho mínimo que tenemos como ciudadanos a las condiciones de prestación del servicio de Internet.

Pero no defender la neutralidad supone permitir que las empresas de telecomunicaciones, siguiendo con el símil viario, puedan arbitrariamente discriminar el tránsito de quien conduzca con determinado modelo de coche e, incluso, impedir su acceso si no se utiliza una determinada marca, así como, lo que sería también grave, exigir contraprestaciones a las empresas de servicios, las suministradoras de contenidos. Esto es, que si no abonan una mayor cantidad nadie podrá utilizar sus programas o servicios. No defender la neutralidad de la red conducirá a permitir la colonización de muchos espacios, a fragmentar Internet, a consolidar el incremento de cotos cerrados para determinados usuarios. E Internet es lo que es gracias a la libertad de innovación y disfrute.

Pues bien, el Tribunal de apelación americano ha admitido en parte el recurso presentado, de tal modo que vacía de eficacia las previsiones relativas al principio de neutralidad. La razón se apoya en el hecho de que la legislación norteamericana ha calificado esas actividades como servicios de información a los que no se aplican las reglas de “servicio público” y consiguiente deber de no-discriminación. Esa argumentación hunde sus raíces en el siglo XIX y en la dispar evolución de la regulación americana de los servicios telegráficos, de telefonía y de telecomunicaciones. Es un juicio, por tanto, que ha de enmarcarse en su específico contexto y que, además, no es definitivo. El Presidente de la Comisión de telecomunicaciones ha anunciado el recurso y se mantienen las espadas en alto para reformar la ley de telecomunicaciones.

No obstante, el hecho de que reconduzcamos a sus justos términos la significación de esa sentencia, no implica que debamos bajar la guardia para defender la neutralidad de la red. Serían, a mi entender, muy nocivas las consecuencias a las que conduciría la inobservancia de tal principio. Y Europa mantiene un considerable retraso en el ámbito de las telecomunicaciones si comparamos los datos de las empresas y de los servicios con otros países asiáticos o americanos.

Si la Unión Europea merece un respeto es porque se trata de un artefacto político diseñado para defender los derechos de los ciudadanos y la libertad de las empresas.

En estos momentos las instituciones europeas están tramitando la propuesta de un Reglamento que regule el mercado único de comunicaciones electrónicas (COM 2013, 627). Debería avanzarse en la misma porque es indispensable que se acabe con los mercados fragmentados en Europa, que no se obstaculicen las infraestructuras, que se fomenten las inversiones en el ámbito de las telecomunicaciones y, sobre todo, que se garantice el desarrollo abierto de Internet y su neutralidad. La libertad e igualdad de los ciudadanos y de las empresas está en juego. Un buen ejercicio sería hoy releer el Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres de Rousseau.

 

(Publicado en el periódico Expansión el día 22 de enero de 2014).

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Publicado en: Portada derecha 2, Telecomunicaciones
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