Bankia y la responsabilidad de la CNMV

Los informes periciales de los técnicos del Banco de España relativos a la situación financiera de Bankia están originando una lógica agitación. Muchos son los aspectos que habrán de analizarse tras una concienzuda lectura de esas más de cuatrocientas páginas de documentación porque la primera impresión muestra groseros desconchones y preocupantes grietas en aquel retablo de falsas maravillas de la contabilidad presentada para debutar en el escenario bursátil. Es comprensible el asombro ante el hecho de que esos defectos pasaran inadvertidos a quienes promovían la operación financiera, pero más perplejidad causa que no fueran apreciados por las instituciones supervisoras que deben proteger la seguridad del sistema financiero y bursátil. Ni el Banco de España ni la Comisión nacional del mercado de valores opusieron en aquel tiempo reparos.

 

Una acotación. Son ahora técnicos del propio Banco de España los que han mostrado el revés del retablo. Lo que debería poner sobre la mesa la idea -cada vez más urgente a mi juicio-, de configurar un cuerpo de funcionarios especialistas en análisis económico y contable que asista a los jueces. En la actualidad técnicos financieros, inspectores de Hacienda u otros funcionarios especializados concurren en muchos procesos como peritos. Sin embargo, el incremento de causas con alta complejidad financiera, la necesidad de agilizar los procesos de lucha contra la corrupción, los riesgos de retrasar procesos concursales y tantos otros casos judiciales, haría oportuno mantener una asistencia permanente en el ámbito judicial para no restar tiempo en el adecuado desempeño de sus funciones a los actuales técnicos o inspectores.

 

Pero volvamos a esa percepción de que hubo un cúmulo de errores contables, de irregulares valoraciones, de sospechas de acuerdos no permitidos por las reglas del mercado…, que no observaron ni los responsables del banco, ni los analistas, ni los auditores, ni tantas empresas que participaron en esa operación financiera, ni tampoco las instituciones públicas. El desconcierto ante tan grave fallo de todo el sistema no debería hacernos resbalar y que nuestro razonamiento se deslizara por la pendiente de una exigencia conjunta de responsabilidad. Caeríamos, al final, en la fácil fórmula de la responsabilidad patrimonial del Estado, que siempre paga, olvidando que quienes pagamos somos todos los españoles. Y ya hemos asumido una alta deuda de varias decenas de miles de millones de euros para rescatar precisamente a Bankia, junto a otras entidades financieras.

 

Debe exigirse responsabilidad patrimonial a los poderes públicos. Pero cuando se den los presupuestos que justifican esa exigencia y, sobre todo, cuando no haya otro responsable causante de los graves perjuicios padecidos. Por ello debemos utilizar un fino escalpelo para delimitar en este asunto las responsabilidades de tantos protagonistas. Y, por supuesto, no confundir echando el manto grueso de la descalificación o el reproche penal a cualquiera. Eso atrae mayores riesgos de inseguridad en el sistema o de proceder de manera injusta con algunas personas.

 

Me centro ahora en la Comisión nacional del mercado de valores porque los informes periciales han abierto grandes signos de interrogación sobre su actuación tanto al analizar la documentación de la oferta de venta de acciones, como en la supervisión de las operaciones que siguieron al estreno bursátil. ¿Cómo se pudo aprobar un folleto de emisión con esa contabilidad? ¿Por qué no se solicitó información sobre las órdenes de venta de acciones para comprobar que tantas sociedades cercanas a Bankia habían cubierto la emisión? No son extrañas las sanciones por manipulación de los mercados según podemos leer en los informes anuales que publica la propia Comisión. ¿Por qué no se indagó en este caso?

 

Urge abrir una investigación independiente sobre esas actuaciones. Una investigación realizada por especialistas, que nada tengan que ver con la propia Comisión nacional del mercado de valores, seleccionados mediante sorteo, y que actúen con rigor y discreción, sin fomentar un inútil espectáculo de descalificación partidista. Contamos con ejemplos en el Derecho de la Unión europea donde se configuran “comités de vigilancia” en algunos organismos con funciones de investigación porque rige el principio de que también hay que supervisar al supervisor.

 

Resulta pues necesario despejar las dudas sobre una posible actuación mediatizada de este organismo, que tanta autonomía reclama para el ejercicio de sus funciones -relevantes como sabemos para el buen funcionamiento de los mercados de valores- y que ha conseguido mediante recientes reformas legales un singular régimen de tasas públicas. Conviene confirmar si hubo fallos, tolerancia con la operación, una preocupante inactividad administrativa u otras irregularidades para evitar que vuelvan a producirse y, en su caso, exigir las correspondientes responsabilidades personales como prevé su Código de conducta y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que regula el régimen jurídico de responsabilidad de las Administraciones públicas. La Comisión debe responder ¿Lo hará?

 

(Artículo publicado en el periódico Expansión el día 11 de diciembre de 2014).

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